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20 errores que el SAT no te perdonará - Parte I

Trabajar por honorarios o tener un negocio implican dos cosas fundamentales: tendrás mucha libertad para manejar tus horarios y deberás cumplir con las obligaciones fiscales que implica tu independencia.

Para evitar malos ratos al presentar tu declaración anual es importante que tomes en cuenta los siguientes errores frecuentes de los contribuyentes.

En su página de Internet, el SAT te apoya con una guía de las equivocaciones más frecuentes, pues, tratar de deducir gastos que están relacionados con las actividades que desempeñas u omitir expedir comprobantes puede meterte en problemas.

Recuerda que, desde que te das de alta como persona física (o moral en caso de una empresa) adquieres la obligación de cumplir con el pago de impuestos, aquí los errores más frecuentes de los contribuyentes:

Al darte de alta o inscribirte en el RFC

Error 1. Escribir abreviaturas al anotar su nombre en la forma fiscal u omitir algún nombre o apellido. Cambiar u omitir alguna palabra o letra de la denominación o razón social.
Cómo evitarlo: Si tienes dos o más nombres, debes anotarlos todos y completos. Si en tu acta de nacimiento el nombre está abreviado, en la forma fiscal debes anotarlo exactamente como se encuentre escrito ahí. En el caso de personas morales la denominación o razón social debe coincidir con la que se señala en el acta o documento constitutivo

Error 2. Presentar un comprobante de domicilio que no coincide con el que se señaló en la forma fiscal al presentar tu trámite de alta.
Cómo evitarlo: Los comprobantes no deben tener una antigüedad mayor a tres meses, a excepción de los recibos de pago de impuesto predial o de servicios como luz, teléfono o agua, que no deben tener antigüedad mayor a  cuatro meses.

Error 3.  Escribir en la forma fiscal una fecha de nacimiento que no coincide con la del acta de nacimiento.
Cómo evitarlo: La fecha que anotes en la forma fiscal debe corresponder a la que esté escrita en tu acta de nacimiento, ya que de ello depende que la clave del Registro Federal de Contribuyentes sea correcta.

Error 4.  La identificación que lleva para hacer el trámite de alta en el RFC, no es reconocida como oficial.
Cómo evitarlo: Presenta cualquiera de los siguientes documentos como identificación oficial: Credencial para votar del Instituto Federal Electoral, Pasaporte vigente, Cédula profesional o Cartilla del Servicio Militar Nacional.
Si eres extranjero, puedes presentar el documento migratorio vigente que corresponda emitido por autoridad competente (en su caso, prórroga o refrendo migratorio).

Error 5.  Realizar el trámite de alta o inscripción en el RFC cuando ya se había inscrito anteriormente.
Cómo evitarlo: La inscripción o alta en el RFC se hace sólo una vez, aún cuando se hayan suspendido las actividades anteriores, si  no recuerda si está o no inscrito, se sugiere que acudas al Módulo de Asistencia al Contribuyente más cercano para verificar tu situación fiscal.

Error 6.  Que otra persona firme tu forma fiscal sin tener facultades para ello.
Cómo evitarlo: Cualquier trámite debe estar firmado por ti o tu representante legal. En ningún caso puede firmar el contador, gestor o cualquier otra persona que no cuente con la representación legal.

Al pagar tus impuestos o presentar declaraciones

Error 7. Realizar pagos después del plazo establecido, sin incluir los recargos y actualización.
Cómo evitarlo: Si pagas impuestos después del plazo límite, las cantidades a pagar se deben actualizar, además debes cubrir los recargos que correspondan a la fecha en que se efectúe el pago.

Error 8.  Omitir declaraciones mensuales Impuesto sobre la Renta (ISR) por estar registrado en Régimen de Servicios Profesionales (honorarios) y laborar para personas morales. (Creer que la retención que hacen dichas personas es suficiente para cumplir esta obligación).
Cómo evitarlo: Toda persona que tiene ingresos por servicios profesionales (honorarios) de manera periódica, debe presentar declaraciones mensuales del Impuesto Sobre la Renta, en las que puede descontar el impuesto que les haya sido retenido por la empresa o institución a la que prestan sus servicios. Si al hacer el cálculo del impuesto no resulta cantidad a pagar, sólo se presentará una declaración informando los motivos por los que no existe pago (declaración en ceros), si en el mismo año las declaraciones posteriores resultan igual, ya no se presentan.

Error 9.  Omisión de pagos o presentar declaraciones en los plazos que corresponden
Cómo evitarlo: Las declaraciones o pagos generalmente deben hacerse mensualmente, a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponde el pago. La declaración anual se presenta en el periodo de enero a marzo en el caso de las personas morales y en abril, en el caso de las personas físicas. Si no se cumplen en ese plazo, el SAT podrá requerir tu presencia en cualquier momento y esto ya implica el pago de una multa.

La próxima semana publicaremos los otros errores que el SAT no perdona. 

Si tienes alguna duda específica sobre tu contabilidad o el pago de tus impuestos, ¡envíanos tu pregunta! Nosotros te podemos ayudar.

Fuente: http://www.cnnexpansion.com

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